En Venezuela la resolución
008610 y el decreto 1605:
Imponen la Doctrina de
Seguridad Nacional
La Doctrina de Seguridad Nacional es un sistema o
método de gobierno diseñado por los Estado Unidos en la época de la guerra fria
e impartido en la denominada Escuela de las Américas, para los gobiernos
militares latino americanos. Su fundamento básico consiste en organizar la
nación contra el enemigo externo (comunismo) y el enemigo interno (ideológico).
El mismo modelo fue copiado por los
países dependientes de la antigua Unión Soviética siendo el enemigo externo (el imperio) y el
enemigo interno (oligarquía o derecha fascista), este método de trabajo según
el historiador e investigador colombiano
Edgar de Jesús Velásquez Rivera en publicación Historia de la Doctrina
de Seguridad Nacional [1] se planteo a partir de
1945 como doctrina de la post guerra.
Esta doctrina convirtió a cada individuo en amigo o enemigo según su
posición ideológica en la guerra total y permanente que se estaba viviendo. Fue
implantada en toda latina América a través en su mayoría de gobiernos militares
la cual fue reflejada en un sin fin de
documentos o decretos emanados del poder ejecutivo en muchas naciones podemos
ver algunos de los más resaltantes:
.- “Fuerzas Armadas - Ejecución de las
operaciones militares y de seguridad necesarias para eliminar la subversión
Fecha: 6 de octubre de 1975.
Publicación: Boletín Oficial, 4 de Noviembre de 1975
Vistos los decs. 2770 y 2771 del día de la fecha y la necesidad de reglar la intervención de las Fuerzas Armadas en la ejecución de operaciones militares y de seguridad, a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país.
Por ello, el Presidente provisional del Senado de la Nación en ejercicio del Poder Ejecutivo en acuerdo general de ministros, decreta:
Art. 1°-- Las Fuerzas Armadas bajo el Comando Superior del Presidente de la Nación que será ejercido a través del Consejo de Defensa procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país.
Art. 2°-- El Ministerio de Economía proveerá los fondos necesarios para el cumplimiento del presente decreto.
Art. 3°-- Comuníquese, etc. --Luder. -- Aráuz Castex. -- Vottero. -- Emery. -- Ruckauf. -- Cafiero. -- Robledo.”
Fecha: 6 de octubre de 1975.
Publicación: Boletín Oficial, 4 de Noviembre de 1975
Vistos los decs. 2770 y 2771 del día de la fecha y la necesidad de reglar la intervención de las Fuerzas Armadas en la ejecución de operaciones militares y de seguridad, a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país.
Por ello, el Presidente provisional del Senado de la Nación en ejercicio del Poder Ejecutivo en acuerdo general de ministros, decreta:
Art. 1°-- Las Fuerzas Armadas bajo el Comando Superior del Presidente de la Nación que será ejercido a través del Consejo de Defensa procederán a ejecutar las operaciones militares y de seguridad que sean necesarias a efectos de aniquilar el accionar de los elementos subversivos en todo el territorio del país.
Art. 2°-- El Ministerio de Economía proveerá los fondos necesarios para el cumplimiento del presente decreto.
Art. 3°-- Comuníquese, etc. --Luder. -- Aráuz Castex. -- Vottero. -- Emery. -- Ruckauf. -- Cafiero. -- Robledo.”
.- “Ley N°
209/70, “Defensa de la paz pública y libertad de las personas”.
- Esta ley castiga:
· Provocar tumultos;
· ocupar cualquier establecimiento público o privado;
· cometer calumnia o difamación contra el Presidente de la
República;
· predicar el odio entre paraguayos (no obstante el diario
Patria lo hacía);
· incitar públicamente la violencia a pesar de que “La Voz
del Coloradismo”, audición radial que emitía diariamente la Asociación Nacional
Republicana, lo hacía, entre otras cosas”[2]
.- “El artículo 1º del D.L. 1.009, dictado el 8 de mayo de
1975, dio el
primer reconocimiento público de que la DINA tenía facultades para realizar
aprehensiones. Este artículo señaló que durante la vigencia del Estado de Sitio
los organismos de seguridad notificarían sobre la detención de personas a sus
familiares, "cuando procedan - en el ejercicio de sus facultades propias -
a detener preventivamente a las personas a quienes se presuma fundamentalmente
culpables de poner en peligro la seguridad del Estado"”[3]
Todos estos instrumentos legales y muchos otros que se encuentran en internet
de casi todos los países del mundo se prestaron para garantizar la continuidad de los regímenes
dictatoriales y a su vez sirvieron para
generar una exterminación masiva de dirigentes políticos y violaciones de
derechos humanos. Con la caída de las
dictaduras en todo el continente se abolió esta práctica en casi todos los
países.
Aquí en Venezuela actualmente las
resoluciones y decretos emitidos por el
Ejecutivo Nacional[4] como son
la resolución 008610 que permite el uso
de armas de fuego para controlar las manifestaciones y el decreto 1605 que dicta el reglamento de
contrainteligencia militar que tiene dentro de sus funciones “conducir, coordinar y ejecutar las actividades tendentes al
descubrimiento, prevención y corte de la actividad enemiga”. Estos dos instrumentos legales sustentan la implantación de la Doctrina
de Seguridad Nacional.
La publicación de estos
instrumentos legales a puesto en práctica la implantación del proceso represivo que se
ha visto desatado en la últimas semanas, desconociendo a líderes electos,
violando frontalmente la constitución, arrestando sin ordenes y sin juicio a
dirigentes políticos, allanando universidades y reprimiendo violentamente
manifestaciones dejando heridos, muertos y detenidos, sumándole a eso
las denuncias sobre torturas físicas y psicológicas que se han venido aplicado.
Ante la legalización de la represión por parte del régimen, el pueblo de
Venezuela se siente indefenso ya que quienes fueron formados para defender la
nación y brindar seguridad al ciudadano ahora están autorizados a reprimirlo si
exige mejores condiciones de vida.
La lucha contra esta doctrina comienza por exigir la derogación de la resolución
008610 y la anulación y reformulación del decreto 1605. Algunos actores han comenzado solicitando al Tribunal Supremo de
Justicia la anulación de estos instrumentos legales, pero no pueden hacerlo
solos como golondrinas aisladas también
se deben activar los factores políticos
y sociales de la nación.
Cuando me refiero a estos
factores hablo de que los diputados de
la Asamblea nacional deben exigir en el hemiciclo de la Asamblea la derogación
de estas resoluciones, las organizaciones políticas, sociales y estudiantiles
deben exigirlo en todos sus ámbitos y campos de acción e incluso a nivel
internacional para evitar que se sigan sumando muertos, heridos, presos,
exiliados y perseguidos a la gran lista
roja que en quince años se ha construido.
Por otro lado no podemos dejar de exigirle al régimen que cumpla con su
trabajo y les brinde a los venezolanos una
verdadera calidad de vida, que la
situación actual de: carencia de servicios públicos, deterioro del sistema de
salud, educación, desempleo, desabastecimiento, inseguridad,
violencia, persecución, destrucción de la producción se detenga y se le brinde
a la nación una oportunidad de
tener mejores servicios públicos, mayor
seguridad, servicios de salud, educación,
así como mejores políticas económicas que permitan el abastecimiento de
alimentos a todos los venezolanos.
La gran pregunta que seguro todos
nos estamos haciendo es ¿cómo lo
haremos, Sin someternos a ser asesinados o encarcelados? La respuesta es con organización social, dejando de lado las
diferencias políticas y creando una gran concertación nacional que incluya
todos los factores sociales: estudiantes, sindicatos, colegios profesionales,
productores industriales, agrícolas, comerciantes, asociaciones civiles, y
organizaciones políticas para poder hablar en una sola voz y actuar en todos los campos.
Segundo no renunciar a nuestros derechos constitucionales de
exigir una mejor calidad de vida, ejercer nuestro derecho a la protesta
evitando dejarse infiltrar por los aliados del régimen que buscaran darle a
toda manifestación popular un carácter de violencia para justificar el actuar
de las fuerzas represivas y documentar las violaciones de derechos humanos que
ocurran para poder denunciar con base.
Para terminar quiero hacerle una llamado a seguir en la lucha no podemos
abandonar la exigencia de una mejor calidad de vida a ningún nivel, nacional,
regional o municipal pero tampoco podemos permitir y volver a caer en los errores
del pasado donde se le dio legalmente todo el poder a una sola tendencia
política como dirían en mi pueblo
debemos estar en el repique y en la procesión.
Por esto les invito a activarse en sus comunidades para conversar sobre
la situación económica de la nación, las colas, el desabastecimiento, el alto
costo de la vida, la capacidad de ahorro y el poder adquisitivo y a su vez a
motivar a amigos, vecinos, conocidos,
para que participemos en las próximas parlamentarias para que logremos la mayoría de las dos terceras partes
en el poder legislativo que le pondrá reparo a las distorsiones legales de
sistema jurídico que tenemos evitando así que se le termine de dar piso legal a
esta abominación política y consigamos rescatar la democracia para llegar a la Venezuela Libre y de los
Venezolanos que todos soñamos.
Danny Deward Ramírez
Molina
Militante de Acción
Democrática
Twitter: @dannnydeward
E-mail: ramdanny@gmail.com
Whastapp: 04121209091
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