9/08/2013

LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LOS CONCEJALES



LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LOS
NUEVOS CONCEJOS MUNICIPALES

Hay que reconocer que la astucia del régimen para dispersar a la población  de los temas principales del país va en aumento en las últimas semanas, Nicolás ha hecho hasta lo impensable para ser el centro de la agenda política, desde exigirle a la real academia española que incluyera millonas en su diccionario hasta decir que Jesús multiplico penes, todo este teatro de errores que parecen improvisados pero que realmente ha sido preparados por el G2  cubano con el fin de  mantenernos discutiendo sobre “nada” mientras las cosas pasan por un lado, esta es  una  vieja práctica muy aplicada en los gobiernos fascistas como el que tenemos.

Pero hoy no vamos a hablar de eso ya que sería caer en el juego del régimen, tampoco hablare del apagón que ocurrió esta semana y que ha sido titular los últimos cuatro días, evento que según  mi tesis el gobierno decidió llevar a cabo para buscar culpables en la oposición,  demostrar el supuesto plan conspirativo contra el país y de esta manera alinear a los  seguidores nacionalistas que ha ido perdiendo nuevamente  bajo su bandera.

 En este  hablaremos de cosas más importantes y sobre la cuales el gobierno quiere echar un camión de humo para que no sea de interés nacional, esto es las elecciones del 8D o como se está viendo  que es realmente referéndum revocatorio adelantado. La primera  derrota electoral de Nicolas como presidente, lo que señalaría su fin como líder del PSUV y el fin de la revolución, así es como van a ser las elecciones municipales, en ellas decidiremos entre dos ideas, el camino a las comunas o el camino a la democracia.

 En este camino a la democracia que llevamos construyendo paso a paso durante largo tiempo, se enfrenta a un proceso importante que tiene dos aspectos en escena, los alcaldes con sus competencias y decisiones que defenderán la autonomía municipal y los concejales con su poder legislativo responsables del orden o el caos en el Municipio.

Este es el tema que trataremos,  la rama del poder legislativo, que es representada por  los  Concejales como se expresa en el título IV capítulo III de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal:

Artículo 92.
La función legislativa del Municipio corresponde al Concejo  Municipal integrado por los concejales o concejalas electos o electas en la forma  determinada en la Constitución de la República y en la ley respectiva.
También ejercerá el control político sobre los órganos ejecutivos del Poder Público Municipal.”

Esto se encuentra ratificado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su artículo 175 títulos IV capítulo IV del Poder Público Municipal


“Artículo 175:

La función legislativa del Municipio corresponde al Concejo, integrado por concejales elegidos  y concejalas elegidas  en la forma  establecida en esta constitución, en el número, y condiciones de elegibilidad que determine la ley”

Por otro lado como todo organismo del poder público los Concejos Municipales tiene bien definidas sus competencias  las cuales están expresadas en el artículo 95 de título IV capítulo III de la Ley orgánica del poder público Municipal:

“Artículo 95.

Son deberes y atribuciones del Concejo Municipal:

1. Iniciar, consultar a las comunidades y sus organizaciones, discutir y sancionar los proyectos de ordenanzas incluida la relativa a su Reglamento Interior y de Debates, a fin de proveer a la organización de sus funciones, para sancionar las reglas de orden aplicables a sus deliberaciones
2. Dictar y aprobar su Reglamento Interior y de Debates. En tal Reglamento  deberá preverse la persona y el mecanismo para suplir las ausencias temporales o absolutas del Presidente o Presidenta.
3. Aprobar el Plan Municipal de Desarrollo y los planes y demás instrumentos de ordenación urbanística, según lo dispuesto en la legislación respectiva.
4. Ejercer la potestad normativa tributaria del Municipio.
5. Aprobar el presupuesto de gastos que soporte su plan legislativo anual, tomando en cuenta las limitaciones financieras del Municipio.
6. Acordar la participación del Municipio en organizaciones intermunicipales y autorizar la creación, modificación o supresión de órganos desconcentrados o descentralizados, de conformidad con esta Ley.
7. Aprobar el cambio de nombre del Municipio, previa consulta con la población del mismo y de conformidad con las leyes aplicables.
8. Aceptar, previa solicitud motivada del alcalde o alcaldesa la delegación o transferencia de competencias que le hagan al Municipio.
9. Elegir en la primera sesión de cada año del período municipal o en la sesión más inmediata siguiente, al Presidente o Presidenta dentro de su seno, y al Secretario o Secretaria fuera de su seno, así como a cualquier otro directivo o funcionario auxiliar que determine su Reglamento Interno.
10. Aprobar las concesiones de servicios públicos o de uso de bienes del dominio público, y lo concerniente a la enajenación de los ejidos y otros inmuebles, previa solicitud motivada del alcalde o alcaldesa.
11. Aprobar la escala de remuneraciones de empleados y  obreros al servicio del Municipio, y la de los altos funcionarios, de conformidad con las condiciones y límites establecidos en la legislación que regula sus asignaciones.
12. Ejercer la autoridad en materia del sistema de administración de recursos humanos, y, en tal carácter, podrá nombrar, promover, remover y destituir, de conformidad con los procedimientos establecidos en la ordenanza que rija la materia, con excepción del personal de otros órganos del Poder Público Municipal.
13. Promover los mecanismos que legalmente le estén conferidos y que contribuyan a garantizar en forma eficiente, suficiente y oportuna la participación ciudadana en el proceso de formación, ejecución, control y evaluación de la gestión pública municipal.
14. Autorizar al alcalde o alcaldesa, oída la opinión del síndico o síndica municipal, para desistir de acciones y recursos, convenir, transigir y comprometer en árbitros.
15. Nombrar el personal de las oficinas del Concejo Municipal, de la secretaría y del cronista del Municipio.
16. Imponer, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana y las leyes, las sanciones de suspensión e inhabilitación para el desempeño del cargo de concejal o concejala.
17. Aprobar el Plan de Inversión Municipal, contenido en el proyecto de Ordenanza del Presupuesto presentado por el Consejo Pública, conforme al mecanismo presentado en la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública.
18. Autorizar al alcalde o alcaldesa para ausentarse por más de quince días de la Alcaldía.
19. Autorizar créditos adicionales al presupuesto de ingresos y gastos del ejercicio económico financiero del Municipio.
20. Ejercer funciones de control sobre el gobierno y la administración pública municipal, en los términos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana y en esta Ley.
21. Los concejales y concejalas deberán presentar dentro del primer trimestre del ejercicio fiscal respectivo, de manera organizada y pública a los electores de la jurisdicción correspondiente, la rendición de su gestión legislativa y política del año inmediatamente anterior, en caso contrario, se le suspenderá la dieta hasta su presentación.
22. Organizar toda la normativa referente a la justicia de paz en el Municipio.
23. Las demás que le confieran las leyes, ordenanzas y otros instrumentos jurídicos aplicables.”

Como vemos los concejales no solo van a cobrar como piensa la mayoría de las personas, tampoco es su función sabotear la gestión de los alcaldes, ni atentar contra el crecimiento de los municipios, ni contra su autonomía  aunque en actualmente el 98% de los ediles municipales por órdenes del PSUV hacen eso, donde los alcaldes son democráticos se nota más ya que donde son militantes del PSUV y del Polo patriótico, todas estas acciones son avance de los municipios y el mejoramiento de la calidad de vida de los venezolanos.

Los nuevos Concejales que serán electos el 8 de diciembre, tienen  mucho más  que  dar  a parte de su labor política, tienen con sus Municipios una labor social, limpiar el nombre de una institución como lo son los Concejos Municipales, deben hacerla valer y lo más importante deben rescatar la fe  del pueblo en sus representantes.

Desde el año 2005 que se eligieron los últimos Concejales, la actuación ciega de unos representantes que no usan su conciencia si no que siguen solo líneas partidistas,  han pervertido  esta institución, convirtiéndola prácticamente en centros de violencia política,  desde donde se atenta contra el pueblo.

Muchos ejemplos de estos existen en toda Venezuela, donde los Concejales le han negado el presupuesto a las Alcaldías, se han negado a crear ordenanzas que desarrollen los Municipios, han convalidado presupuestos que nunca se ejecutaron, memorias y cuenta de planes de acción y ejecución de obras  que nunca se efectuaron, han cedido competencias solo por orden de un partido político, en fin han contribuido al desastre nacional que estamos viviendo, la delincuencia desbordada, la falta de planes de vivienda, el desabastecimiento, el desempleo, la crisis del sector salud y del sector educación, todo esta situación nacional viene de representantes públicos comprometidos con un proyecto que no es de este país, con un plan que no incluye a los venezolanos y donde la nación es solo una colonia explotada por sus recursos naturales como lo fue a en los gobierno de Juan Vicente  Gómez y de Marcos Pérez Jiménez  abuelos del actual régimen fascista.

Por esto los nuevos Concejales, deben dar un paso adelante, ser verdaderos servidores públicos, dar el ejemplo desarrollar un trabajo con el fin de beneficiar a la colectividad y generar mejor calidad de vida en cada uno de sus municipios, también son responsables de llevar la voz de la libertad y de la democracia a todos lados donde van, de derribar las barreras de la desigualdad creada por este régimen.

Dentro del trabajo a realizar, los nuevos Concejales deben descentralizar en común acuerdo con los alcaldes la gestión Municipal, revisar y sincerar las presupuestos, auditar la gestión  legislativa anterior y avanzar en el desarrollo de ordenanzas necesarias para reorganizar los municipios en temas como: los servicios públicos, impuestos, vialidad, los motorizados, la carga pesada, la publicidad comercial y la propaganda política, el desarrollo micro-empresarial, el desarrollo de empresas mixtas municipales, la generación de empleo y la exportación de los productos del municipio a nuevos mercados internacionales, los alquileres  este temario entre otros.

Los candidatos de la MUD están comprometidos con la comunidad y con sus municipios, son en estos momentos hablando en términos futbolísticos, los atacantes, responsables de marcar el 8 de diciembre los goles que el equipo democrático necesita para continuar abriendo  el camino a la democracia. Pero ellos no pueden hacerlo todo solo, como en un equipo de futbol necesitan de todos nosotros, defensas, laterales, centrales, portero, directores técnicos etc. Para que podamos ganar cada uno debe hacer su trabajo comunitario, con sus vecinos, sus familiares y amigos para que no falte nadie y así podremos vencer la abstención y evitemos la pérdida de votos en otras opciones que aunque  tienen derecho están desvirtuando los objetivos  fundamentales de estos momentos y le hacen el juego al gobierno, dividiendo a la oposición.

Para terminar les invito a todos y cada uno a seguir en la lucha por la Venezuela Libre y de los Venezolanos que todos deseamos


Danny Ramírez
 Secretario de Asuntos Municipales y Acción Comunal de AD en Mérida
 Email: ramdanny@gmail.com
 PIN: 263D0FBC

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